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martes, 18 de enero de 2011

De la elección a la acción.


El pasado sábado 15 de enero ha tenido lugar en Mollina y organizado por la CODAPA un encuentro sobre las competencias de los padres en los Consejos escolares. Entre los participantes en este encuentro se contó con el Consejero de Eduación, Don Francisco Alvarez de la Chica quien recordó el incremento en la participación en las elecciones del pasado mes de noviembre.
Don Álvarez de la Chica centro su discurso en los nuevos reglamentos de Organización de los Centros y que confieren un mayor protagonismo a las familias y adelantó que su departamento esta últimando una Orden sobre la participación de los padres en los centros. Avanzando que se esta trabajando en el refuerzo de la comunicación y cooperación entre los centros y las familias.

Más información sobre este encuentro en Consejeria Eduación, Educación en Málaga y en EuropaPress
También aprovechamos para recordar los nuevos reglamentos.
  • ORDEN DE 20 DE AGOSTO DE 2010, POR LA QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL, ASÍ COMO EL HORARIO DE LOS CENTROS, DEL ALUMNADO Y DEL PROFESORADO.
  • ORDEN DE 20 DE AGOSTO DE 2010, POR LA QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, ASÍ COMO EL HORARIO DE LOS CENTROS, DEL ALUMNADO Y DEL PROFESORADO.
y las aclaraciones que se hicieron necesarias.



lunes, 20 de septiembre de 2010

Publicado el PROCEDIMIENTO SUSTITUCIÓN PROFERSORES

El pasado 17 de septiembre salió publicado en el BOJA la ORDEN de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes de esta Consejería.
El procedimiento de sustituciones viene recogido en el artículo 5.

Para cubrir las ausencias del profesorado se seguirá el siguiente procedimiento:

1. Las personas titulares de la dirección de los centros docentes públicos objeto de la presente Orden podrán solicitar la sustitución de cualquier docente del centro, en los supuestos de permiso o licencia, por vía telemática, mediante la cumplimentación de un formulario que figurará en el sistema de información Séneca. En dicho formulario se indicarán los datos personales y profesionales de la persona que haya de ser sustituida así como la fecha de inicio de la sustitución y, en su caso, la de fin de la misma. En este último caso, no podrá proponerse una fecha de cese anterior a la fecha de incorporación efectiva de la persona sustituida.

2. Las Delegaciones Provinciales, recibidas las solicitudes de sustitución a través del sistema integrado de recursos humanos, comprobarán la existencia del permiso o licencia y, dentro de los cinco días lectivos siguientes a la fecha de la solicitud, procederán a la sustitución, si procede. Durante este período las personas titulares de la dirección de los centros docentes deberán adoptar las medidas necesarias para la atención del servicio educativo.

3. Las Delegaciones Provinciales velarán por la observancia de los criterios establecidos normativamente para la provisión de puestos de trabajo docentes.

4. De cuantas actuaciones lleven a cabo sobre sustituciones las distintas Delegaciones Provinciales tendrán conocimiento los centros, a través del sistema de información Séneca.

5. Igual procedimiento al referido respecto a las solicitudes de sustituciones se seguirá para comunicar a las Delegaciones Provinciales las modificaciones en la duración probable de las mismas y los ceses por incorporación de las personas sustituidas. En este último caso, con objeto de evitar la simultaneidad de personas en un mismo puesto, la dirección del centro, conocida la fecha de incorporación del personal ausente, comunicará a la Delegación Provincial correspondiente el fin de la sustitución el mismo día que tenga conocimiento de la misma.

Para ver la Orden completa pinche en BOJA nº 183


jueves, 9 de septiembre de 2010

Nuevas disposiciones sobre Organización y Reglamento de los Centros.

El pasado 16 de julio la Consejería de Educación ha publicado en el BOJA los siguientes reglamentos Organicos:
  • DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial.
  • DECRETO 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.
Además el pasado 30 de Agosto se publicaron las nuevas regulaciones con el objeto de impulsar la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de estos centros, al tiempo que profundiza en la cultura de la evaluación permanente y la rendición de cuentas, con el objetivo de alcanzar la excelencia educativa y procurar el éxito escolar de todo el alumnado.
Estas regulaciones son dos:
  • ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.
  • ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.
Para facilitar la comprensión de dichas Ordenes, la Consejería de Educación ha procedido a redactar una serie de aclaraciones sobre ellas, puede acceder a dichas aclaraciones pinchando en donde procede:

viernes, 4 de junio de 2010

IMPORTANTE, se aproxima fin de plazo INSCRIP. REGISTRO ENTIDADES COLABORADORAS CON LA ENSEÑANA.


OS RECORDAMOS QUE EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN ES DE UN AÑO DESDE LA ENTRADA EN VIGOR DEL DECRETO 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, elaborado por la Consejería de Educación.

El TOPE para realizarlo es antes del 17 de julio de 2.010.

Va a ser obligatorio estar inscrito para poder acceder a cualquier tipo de subvención y para realizar tramites ante la administración Educativa, Delegación de Educación, Inspección Educativa, etc.
Los trámites a realizar son los siguientes:
  1. Convocar una Asamblea General en los que un punto del Orden del día sea: "Acuerdo de inscripción en el Censo de Entidades colaboradoras de la Enseñanza". Podéis aprovechar la Asamblea de fin de curso para aprobar este punto.
  2. Rellenar la solicitud on line y firmar , la solicitud a la que podéis acceder pinchando en "solicitud" o simplemente imprimir las dos últimas páginas del Decreto que son el modelo de solicitud.
  3. Rellenar y firmar el Certificado de la Asamblea General. Puede incluirse la relación de personas que componen el Órgano Directivo de la Entidad y el Acuerdo del órgano competente. Podéis encontrar un modelo en FDAPA.
  4. Presentar los documentos relacionados en el Arto. 11 del Decreto-
También podéis aprovechar para inscribiros en el REGISTRO GENERAL DE ENTIDADES DE VOLUNTARIADO DE ANDALUCÍA, de la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía. La metodología es similar y la documentación también. Para poder acceder a la información completa y al impreso de inscripción, pinchar en "voluntariado".
Para una información más completa pueden acceder en la página de la Consejería de Gobernación al "Portal Voluntario"

martes, 18 de mayo de 2010

AUDITORIA CÁMARA DE CUENTAS AL ISE

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha procedido ha publicar en su pagina web el informe de Fiscalización de Regularidad del Ente Público, de Infraestructuras y Serv. Educativos relativo al año 2.007. También ha publicado un Resumen del Informe de unas cuatro páginas.

Según lo expuesto en ambos documentos la camara de cuentas informa que según "la información facilitada por la empresa, relativa a los contratos administrativos adjudicados en 2007, no permite conocer con exactitud su número, tipo, procedimientos utilizados e importes totales. Tampoco le ha sido posible detallar los contratos que estaban en ejecución en 2007, con independencia del año en el que se hubiesen adjudicado"

De forma general la Cámara de cuentas ha fiscalizado la áreas de:
  • Control interno, donde ha detectado entre otros la carencia de manuales de procedimientos, no disponer de plan anual de auditorias internas, no tener elaborado un inventario de sus bienes y otros
  • Legalidad, donde se han detectado algunos errores en las retribuciones al personal, algunos casos de contrataciones no sujetas al concurso público, el fraccionamiento de los contratos, con la finalidad de disminuir su cuantía y eludir el procedimiento de adjudicación que corresponda y otros.
  • Economico Financieras, detectándose entre otros errores en los registros del inmovilizado, desfases entre la información relativa a los beneficiarios de la prestación de los servicios extra escolares obtenida por el sistema informatico del ente y los datos aportados por los Centros, la ausencia de control de los impagos producidos, etc.

Como nota curiosa decir que Málaga es la provincia que produce más ingresos en el apartado de servicios complementarios, alcanzando la cantidad de 9.743.681,03€, más del doble que la segunda en importancia que es Sevilla con la cantidad de 4.389.003,28€, Cádiz con 3.440.292,98€, Granada con 2.975.480,41€, Almería con 2.184.040,02€, Córdoba con 1.651.596,45€, Huelva con 1.427.438,48€ y por último Jaén con 1.288.594,35€

El Decreto 219/2005, de 11 de Octubre recogian los Estatutos del Ente Publico Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educcativos, más conocido como el ISE.

martes, 24 de marzo de 2009

Comedores: Legislación.

Dada la cuestión sobre los comedores planteada en la reunión de esta mañana os ponemos la legislación vigente relativa a ellos:

Decreto 192/1997, de 29 de julio, por el que se regula el Servicio de Comedor en los Centros públicos dependientes de la Consejería de Educación.

y

ORDEN DE 27 DE MARZO DE 2003 POR LA QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR DE LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

lunes, 16 de marzo de 2009

SUBVENCIONES: Investigación, informatización y gestión recursos

El pasado 6 de marzo fué publicada la Orden 18 de febrero que recoge las bases reguladoras para la obtención de subvenciones para el voluntariado.

Podrán acceder a ellas las entidades de voluntariado que desarrollen su actividad en proyectos incluidos en algunas de los siguientes apartados:
Línea 1: Formación y promoción, sensibilización e investigación sobre voluntariado.
a) Programas de formación sobre las actividades que desarrolla la entidad solicitante, dirigidos a personas voluntarias, miembros de la entidad o de asociaciones afines.
b) Desarrollo de jornadas, seminarios y actividades dirigidas a dar a conocer la realidad de las asociaciones, la promoción y captación del voluntariado, así como la articulación del sector y el trabajo en red.
c) Realización de campañas que fomenten la sensibilización de la sociedad andaluza hacia el voluntariado y sus organizaciones.
d) Estudios dirigidos a conocer la realidad del voluntariado en Andalucía (sólo para las entidades de voluntariado de naturaleza colectiva).
e) Realización de proyectos para la implantación y mantenimiento de herramientas webs (diseño y mantenimiento de páginas webs y línea ADSL).
f) Cobertura de las pólizas del seguro a las personas voluntarias, como parte del proyecto solicitado en la convocatoria.
Línea 2: Adaptación a las nuevas tecnologías.
Mediante la adquisición de uno o varios de los siguientes elementos: PC fijo, PC portátil, periféricos (de salida, de entrada, de almacenamiento y de comunicación), cañón de proyección
de vídeos y fotocopiadora.
Línea 3: Creación y/o gestión de centros de recursos para el voluntariado y las entidades de voluntariado.
Serán subvencionables los proyectos presentados por las entidades de voluntariado que consistan en la creación y/o gestión de Centros de Recursos para el Voluntariado. Dichos proyectos constarán de la organización y realización de las actuaciones desglosadas en las siguientes áreas:
- Sensibilización y Concienciación: Organización de campañas de promoción del voluntariado, informando a la ciudadanía y a las propias entidades de voluntariado de los recursos públicos y privados en materia de participación y voluntariado. Igualmente, participación en encuentros, jornadas y encuentros de divulgación que se organicen en materia de voluntariado.
- Información y Asesoramiento: Atención de las demandas de personas con inquietudes solidarias, facilitándoles oportunidades de participación de acuerdo con las iniciativas de voluntariado propuestas por el sector asociativo. Se facilitarán recursos, gestión de contactos entre entidades de acción voluntaria organizada demandantes y personas que ofrecen su
servicio como voluntario. Elaboración y edición de recursos y materiales didácticos para la promoción del voluntariado, entrevistas de orientación inicial para personas voluntarias. Así
mismo, se facilitará la atención a otros recursos públicos y privados sobre programas de acción voluntaria organizada.
- Formación: Organización de encuentros y seminarios de trabajo intersectoriales, facilitando la adquisición de competencias por parte del movimiento asociativo a la hora de organizar sus recursos de voluntariado y adquirir habilidades para la participación en diferentes grupos sociales y contextos de intervención.
- Apoyo Técnico: Análisis de las principales demandas y necesidades del sector asociativo, sistematizando la práctica del movimiento de voluntariado y proporcionando asistencia
técnica orientada a la mejora de la calidad de los proyectos de voluntariado gestionados por las entidades de voluntariado de Andalucía.
Las entidades de voluntariado, solicitantes de esta línea de subvención, deberán poseer en propiedad, alquiler o cedido un espacio físico para el desarrollo del proyecto presentado,
contando con una sala de recepción y espera, al menos un despacho y una sala de reunión y formación. Este espacio, en conjunto, se estima en torno a unos 90 - 100 m2.

Para ser beneficiarias, deberán estar inscritas en el Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía al adoptarse la resolución de concesión, o haber solicitado la nscripción en el mismo antes de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes de subvención. En este segundo caso, se tramitará preferentemente la solicitud de inscripción registral. La solicitud de subvención será desestimada si es denegada la inscripción.
Para los proyectos solicitados dentro de la Línea 1 (Programas), se establece una subvención mínima de 1.500 euros y para las solicitudes presentadas para la Línea 2 (Adaptación a las Nuevas Tecnologías), una cuantía mínima de 500 euros.
Las entidades de voluntariado de naturaleza colectiva deberán indicar, cuando proceda, las asociaciones para las que se solicitan equipos informáticos.


Os podrán ser de mucha Utilidad lo siguiente:
  1. Una pequeña guia editada por la Consejeria de Gobernación sobre el Plan de Voluntariado el periodo 2003-2005
  2. La Ley del Voluntariado en Andalucia (Ley 7/2207 de 9 enero) donde se recoge todo lo relativo al voluntariado, actividades, voluntarios (derechos y deberes), asociaciones (derechos y deberes).
  3. El real Decreto 3/2007, por el que se regula la Organización y funcionamiento del Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía y el seguro de las personas voluntarias.
  4. La orden de 18 de febrero, que establece el carnet para la identificación de los voluntarios
  5. La oficina virtual (donde se puede acceder con el certificado digital y sin él) donde se realiza el registro de asociaciones del voluntariado cultural

ANIMO, y a trabajar que seguro que podeis conseguir una subvención en alguno de los apartados.

lunes, 12 de enero de 2009

jueves, 8 de enero de 2009

Ley Educación de Andalucia (LEA)

Este es el enlace que lleva a Ley Educacion de Andalucia (LEA)

http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2007/252/d/updf/d1.pdf

el capitulo IV es el dedicado al papel de los padres y sus representantes en los Centros Educativos