El Tribunal Supremo ha decidido anular el artículo 14.2 del Real Decreto 1467/07 de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas.
El Articulo 14.2. Establece que "Quienes no promocionen a segundo curso y tengan evaluación negativa en tres o cuatro materias podrán optar por repetir el curso en su totalidad o por matricularse de las materias de primero con evaluación negativa y ampliar dicha matrícula con dos o tres materias de segundo en los términos que determinen las administraciones educativas.
Podeis leer la noticia en "El Pais" o en "El Mundo"
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